sábado, 15 de junio de 2019

236. ¿Por qué sólo los sacerdotes pueden perdonar pecados?-CATEQUESIS-


Ningún hombre puede perdonar pecados a  no ser que tenga un mandato de Dios para  ello y la fuerza que él le otorga, para que el  perdón que él concede al penitente se  verifique realmente. Los encargados de ello  son en primer lugar el OBISPO y después  sus colaboradores, los SACERDOTES.  [1461­1466, 1495] . 150, 228, 249­250

1461. Puesto que Cristo confió a sus Apóstoles el ministerio de la reconciliación (cf. Jn 20,23; 2 Co 5,18), los obispos, sus sucesores, y los presbíteros, colaboradores de los obispos, continúan ejerciendo este ministerio. En efecto, los obispos y los presbíteros, en virtud del sacramento del Orden, tienen el poder de perdonar todos los pecados "en el nombre del Padre y del Hijo y del Espíritu Santo".

1466. El confesor no es dueño, sino el servidor del perdón de Dios. El ministro de este sacramento debe unirse a la intención y a la caridad de Cristo (cf. PO 13). Debe tener un conocimiento probado del comportamiento cristiano, experiencia de las cosas humanas, respeto y delicadeza con el que ha caído; debe amar la verdad, ser fiel al magisterio de la Iglesia y conducir al penitente con paciencia hacia su curación y su plena madurez. Debe orar y hacer penitencia por él confiándolo a la misericordia del Señor.

1495. Sólo los sacerdotes que han recibido de la autoridad de la Iglesia la facultad de absolver pueden ordinariamente perdonar los pecados en nombre de Cristo. 

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