El SACRAMENTO de la CONFIRMACIÓN
es administrado normalmente por el
OBISPO. Si fuera necesario, el obispo puede
encomendárselo a un SACERDOTE. En
peligro de muerte cualquier sacerdote
puede administrar la Confirmación. [1312
1314]
1312. El ministro originario de la Confirmación es el obispo (LG 26).
En Oriente es ordinariamente el presbítero que bautiza quien da
también inmediatamente la Confirmación en una sola celebración. Sin
embargo, lo hace con el santo crisma consagrado por el patriarca o el
obispo, lo cual expresa la unidad apostólica de la Iglesia cuyos
vínculos son reforzados por el sacramento de la Confirmación. En la
Iglesia latina se aplica la misma disciplina en los bautismos de adultos
y cuando es admitido a la plena comunión con la Iglesia un bautizado
de otra comunidad cristiana que no ha recibido válidamente el
sacramento de la Confirmación (cf. CIC can 883,2).
1314. Si un cristiano está en peligro de muerte, cualquier presbítero
puede darle la Confirmación (cf. CIC can. 883,3). En efecto, la Iglesia
quiere que ninguno de sus hijos, incluso en la más tierna edad, salga
de este mundo sin haber sido perfeccionado por el Espíritu Santo con
el don de la plenitud de Cristo.
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