Para proteger el misterio de Dios y diferenciarse de las imágenes de culto de los paganos, el primer mandamiento ordenaba: «No te fabricarás ídolos ni figura alguna»
(Éx 20,4). Pero, puesto que Dios se ha dado a sí mismo un rostro humano en
Jesucristo, la prohibición de imágenes quedó superada en el cristianismo. En la
Iglesia de Oriente los ICONOS son considerados incluso sagrados. [21292132,2141]
El conocimiento de los padres de Israel de que Dios lo supera todo (TRASCENDENCIA) y de
que es mucho mayor que cualquier cosa del mundo, pervive actualmente, tanto en el judaísmo
como en el islam. donde al igual que antes no puede existir ninguna imagen de Dios. En el
cristianismo se relajó la prohibición de las imágenes a partir del siglo IV en consideración a
Cristo y se suprimió en el segundo Concilio de Nicea (año 787). Mediante su encarnación Dios ya
no es el absolutamente inimaginable; desde Jesús podemos tener una imagen de su esencia:
«Quien me ha visto a mí, ha visto al Padre» (Jn 14,9).9
2129. El mandamiento divino implicaba la prohibición de toda
representación de Dios por mano del hombre. El Deuteronomio lo
explica así: ―Puesto que no visteis figura alguna el día en que el Señor
os habló en el Horeb de en medio del fuego, no vayáis a prevaricar y
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154
36
1036
1159-1162
300
2500
476
os hagáis alguna escultura de cualquier representación que sea...‖
(Dt 4, 15-16). Quien se revela a Israel es el Dios absolutamente
Trascendente. ―Él lo es todo‖, pero al mismo tiempo ―está por encima
de todas sus obras‖ (Si 43, 27- 28). Es la fuente de toda belleza creada
(cf. Sb 13, 3).
2132. El culto cristiano de las imágenes no es contrario al primer
mandamiento que proscribe los ídolos. En efecto, ―el honor dado a una
imagen se remonta al modelo original‖ (San Basilio Magno, Liber de
Spiritu Sancto, 18, 45), ―el que venera una imagen, venera al que en
ella está representado‖ (Concilio de Nicea II: DS 601; cf. Concilio de
Trento: DS 1821-1825; Concilio Vaticano II: SC 125; LG 67). El
honor tributado a las imágenes sagradas es una ―veneración
respetuosa‖, no una adoración, que sólo corresponde a Dios:
«El culto de la religión no se dirige a las imágenes en sí mismas como
realidades, sino que las mira bajo su aspecto propio de imágenes que nos
conducen a Dios encarnado. Ahora bien, el movimiento que se dirige a la
imagen en cuanto tal, no se detiene en ella, sino que tiende a la realidad
de la que ella es imagen» (Santo Tomás de Aquino, Summa theologiae, 2-
2, q. 81, a. 3, ad 3).
2141. El culto de las imágenes sagradas está fundado en el misterio
de la Encarnación del Verbo de Dios. No es contrario al primer
mandamiento.
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