Por el Bautismo Cristo nos ha convertido en un reino de «sacerdotes para Dios, su Padre»
(Ap 1,6). Por el sacerdocio común, todo cristiano está llamado a actuar en el mundo en
nombre de Dios y a transmitirle su bendición y su gracia. Sin embargo, en el Cenáculo y en
el envío de los APÓSTOLES, Cristo ha dotado a algunos con un poder sagrado para el
servicio de los creyentes; estos sacerdotes ordenados representan a Cristo como pastores de
su pueblo y cabeza de su Cuerpo, la Iglesia. [15461553, 1592]
La misma palabra «sacerdote» usada para expresar dos realidades relacionadas, pero con una
diferencia «esencial y no sólo en grado» (Concilio Vaticano II, LG), lleva a menudo a confusión. Por un
lado tenemos que darnos cuenta con gozo de que todos los bautizados somos sacerdotes, porque vivimos
en Cristo y participamos de todo lo que él es y hace. ¿Por qué entonces no pedimos constantemente
BENDICIONES para este mundo? Por otra parte tenemos que descubrir de nuevo el don de Dios a su
Iglesia, que son los sacerdotes ordenados, que representan entre nosotros al mismo Señor.
1553. "En nombre de toda la Iglesia", expresión que no quiere decir
que los sacerdotes sean los delegados de la comunidad. La oración y la
ofrenda de la Iglesia son inseparables de la oración y la ofrenda de
Cristo, su Cabeza. Se trata siempre del culto de Cristo en y por su
Iglesia. Es toda la Iglesia, cuerpo de Cristo, la que ora y se ofrece, per
Ipsum et cum Ipso et in Ipso, en la unidad del Espíritu Santo, a Dios
Padre. Todo el cuerpo, caput et membra, ora y se ofrece, y por eso
quienes, en este cuerpo, son específicamente sus ministros, son
llamados ministros no sólo de Cristo, sino también de la Iglesia. El
sacerdocio ministerial puede representar a la Iglesia porque representa
a Cristo.
1592. El sacerdocio ministerial difiere esencialmente del sacerdocio
común de los fieles porque confiere un poder sagrado para el servicio
de los fieles. Los ministros ordenados ejercen su servicio en el pueblo
de Dios mediante la enseñanza (munus docendi), el culto divino
(munus liturgicum) y por el gobierno pastoral (munus regendi).
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