Una boda debe celebrarse ordinariamente de modo público. Los contrayentes son preguntados
por su deseo de contraer matrimonio. El PRESBÍTERO o el DIÁCONO bendice los anillos. Los
contrayentes intercambian los anillos y se prometen mutuamente «fidelidad en la prosperidad y
en la adversidad, en la salud y en la enfermedad, hasta que la muerte nos separe», diciéndose el
uno al otro de modo solemne: «Yo prometo amarte, respetarte y honrarte todos los días de mi
vida». El celebrante confirma el enlace y otorga la BENDICIÓN. [16211624, 1663]
De la forma siguiente la Iglesia pregunta, en el rito del matrimonio, primero al esposo y luego a la esposa, o
a ambos. Celebrante: N. y N., ¿venís a contraer matrimonio sin ser coaccionados, libre y voluntariamente?
Esposo/ Esposa: Sí, venimos libremente. Celebrante: ¿Estáis decididos a amaros y respetaros mutuamente,
siguiendo el modo de vida propio del Matrimonio, durante toda la vida? Esposa/Esposa: Sí, estamos
decididos. Celebrante: ¿Estáis dispuestos a recibir de Dios responsable y amorosamente los hijos, y a
educarlos según la ley de Cristo y de su Iglesia? Esposa/Esposa: Sí, estamos dispuestos.
1624. Las diversas liturgias son ricas en oraciones de bendición y de
epíclesis pidiendo a Dios su gracia y la bendición sobre la nueva
pareja, especialmente sobre la esposa. En la epíclesis de este
sacramento los esposos reciben el Espíritu Santo como Comunión de
amor de Cristo y de la Iglesia (cf. Ef 5,32). El Espíritu Santo es el
sello de la alianza de los esposos, la fuente siempre generosa de su
amor, la fuerza con que se renovará su fidelidad
1663. Dado que el matrimonio establece a los cónyuges en un estado
público de vida en la Iglesia, la celebración del mismo se hace
ordinariamente de modo público, en el marco de una celebración
litúrgica, ante el sacerdote (o el testigo cualificado de la Iglesia), los
testigos y la asamblea de los fieles.
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