El individuo puede desarrollarse libremente en la
sociedad si se respeta el «principio de subsidiariedad».
[18831885, 1894]
El principio de subsidiariedad, desarrollado por la
DOCTRINA SOCIAL DE LA IGLESIA afirma: lo que puede
hacer el individuo por sí mismo y por sus propias fuerzas no
debe ser suplantado por una instancia superior. Una
estructura social de orden superior no debe interferir ni
asumir las competencias de una estructura de orden inferior.
Más bien es su función actuar de modo secundario
(subsidiario) allí donde el individuo o las instituciones
pequeñas se vean superadas por sus tareas.
1883. ―La socialización presenta también peligros. Una intervención
demasiado fuerte del Estado puede amenazar la libertad y la iniciativa
personales. La doctrina de la Iglesia ha elaborado el principio llamado
de subsidiariedad. Según éste, ―una estructura social de orden superior
no debe interferir en la vida interna de un grupo social de orden
inferior, privándole de sus competencias, sino que más bien debe
sostenerle en caso de necesidad y ayudarle a coordinar su acción con
la de los demás componentes sociales, con miras al bien común‖
(CA 48; Pío XI, enc. Quadragesimo anno).
1885. El principio de subsidiariedad se opone a toda forma de
colectivismo. Traza los límites de la intervención del Estado. Intenta
armonizar las relaciones entre individuos y sociedad. Tiende a
instaurar un verdadero orden internacional.
1894. Según el principio de subsidiariedad, ni el Estado ni ninguna
sociedad más amplia deben suplantar la iniciativa y la
responsabilidad de las personas y de las corporaciones intermedias.
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