La autoridad se ejerce legítimamente
cuando trabaja al servicio del
BIEN COMÚN y emplea medios justos para
alcanzarlo. [19031904,1921]
Las personas deben poder fiarse de que viven en
un «Estado de derecho» en el que existen reglas
vinculantes para todos. Nadie debe atenerse a
leyes que sean arbitrarias o injustas o que
contradigan el orden moral natural. En ese caso
existe el derecho o, en algunas circunstancias,
incluso el deber de la resistencia.
1903. La autoridad sólo se ejerce legítimamente si busca el bien
común del grupo en cuestión y si, para alcanzarlo, emplea medios
moralmente lícitos. Si los dirigentes proclamasen leyes injustas o
tomasen medidas contrarias al orden moral, estas disposiciones no
pueden obligar en conciencia. ―En semejante situación, la propia
autoridad se desmorona por completo y se origina una iniquidad
espantosa‖ (PT 51).
1904. ―Es preferible que un poder esté equilibrado por otros poderes
y otras esferas de competencia que lo mantengan en su justo límite. Es
éste el principio del «Estado de derecho» en el cual es soberana la ley
y no la voluntad arbitraria de los hombres‖ (CA 44
1921. La autoridad se ejerce de manera legítima si se aplica a la
prosecución del bien común de la sociedad. Para alcanzarlo debe
emplear medios moralmente aceptables.
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